
Por Redacción —
El juez Ramos Padilla fundamentó su fallo aclarando que la resolución sobre la candidatura de Cristina Fernández de Kirchner debe ser dirimida por los organismos electorales de la provincia de Buenos Aires o los tribunales bonaerenses, debido a que se trata de cargos con jurisdicción local.
La acción judicial fue presentada por el abogado Daniel Llermanos, representante de la Asociación de Abogados Solidarios. En su defensa, Llermanos argumentó que, pese a la condena firme en la causa Vialidad, Fernández de Kirchner mantiene su "posesión de estado electoral", lo que a su juicio legitima su postulación.
En su dictamen, Ramos Padilla reiteró que la competencia para evaluar la eventual candidatura de la expresidenta como diputada provincial por la tercera sección electoral recae exclusivamente en las autoridades electorales bonaerenses, quienes están facultadas para oficializar las nóminas de concursantes a cargos provinciales.
Defensa de derechos electorales
Por su parte, Llermanos sostuvo que la inhabilitación de Fernández de Kirchner constituye una afectación al derecho fundamental del electorado a elegir libremente, dañando la diversidad de la oferta política y el principio de soberanía popular. Según su planteo, la exclusión de la expresidenta limitaría la democracia al privar a los ciudadanos de la posibilidad de votar por una candidata debidamente reconocida.
Trayectoria política y voluntad popular
El abogado también resaltó que el recorrido político de Fernández de Kirchner evidencia una continuidad clara con el sistema electoral vigente, y afirmó que una sentencia judicial condenatoria no debe prevalecer sobre la voluntad ciudadana expresada en las urnas a la hora de definir cargos electivos. (InfoGEI)