La Ley 26.737 volvió a regir para las compras de tierras rurales por parte de personas extranjeras, tras un cambio de criterio de la Corte Suprema y una marcha atrás política del Gobierno.
La norma establece que la propiedad o posesión extranjera no puede superar el 15% del total de las tierras rurales del país, de cada provincia y de cada departamento o municipio. También fija límites para las personas de una misma nacionalidad y dispone controles especiales en zonas de seguridad de frontera.
El DNU 70/2023 había derogado el régimen, pero la discusión judicial y legislativa mantuvo abierto el tema. Con la restitución de las restricciones, las futuras operaciones deberán ajustarse a las reglas y al encuadre registral previstos por la ley.
La vuelta de los límites no obliga a quienes compraron tierras legalmente antes de la vigencia de la norma a desprenderse de los inmuebles que superen los topes. En cambio, las nuevas operaciones quedarán sujetas a las verificaciones correspondientes.
La medida alcanza también a las zonas rurales de la Provincia de Buenos Aires y suma controles para las compraventas y los proyectos de inversión vinculados con el campo. Antes de firmar una reserva o una escritura, se recomienda consultar el registro y contar con asesoramiento notarial y legal.







