Los trabajadores de la construcción podrán solicitar el retiro del Fondo de Cese Laboral presentando ante el banco una constancia de ARCA que acredite la finalización de la relación laboral. Así lo estableció el Banco Central mediante la Comunicación “A” 8498.
La nueva disposición ya no exige la Credencial de Registro Laboral ni la Hoja Móvil como documentación complementaria. La modificación reduce los requisitos para gestionar el cobro, pero no cambia la obligación de los empleadores de realizar los aportes correspondientes.
El fondo se conforma con depósitos realizados durante la relación laboral y pertenece al régimen específico de la actividad de la construcción. No se trata de un préstamo ni de un subsidio estatal.
La norma también permite que los bancos habiliten consultas de saldos y del detalle de los depósitos mediante home banking o aplicaciones móviles. La opción dependerá de cada entidad y de la implementación de sus sistemas.
Antes de iniciar el trámite, se recomienda verificar que el cese laboral esté registrado y revisar los movimientos de la cuenta. Si faltan depósitos de algún período, conviene conservar recibos de sueldo y constancias laborales para realizar el reclamo correspondiente.








