La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 16 de noviembre de 2026 el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas. El pago del saldo, en cambio, mantiene como fecha de vencimiento el 27 de julio.
Se trata de la sexta postergación del trámite en el año. El plazo original, fijado para el 27 de julio, pasó luego al 27 de agosto, al 22 de septiembre, al 13 de octubre y al 30 de octubre. La nueva fecha busca dar más tiempo para aplicar los cambios de la denominada Ley de Inocencia Fiscal II.
La decisión se tomó después de que contadores y especialistas tributarios advirtieran dificultades para implementar las nuevas disposiciones. ARCA publicó recientemente la Resolución General 5916, que modifica el régimen de declaración jurada simplificada, en particular para funcionarios públicos y grandes contribuyentes.
Aún está pendiente la reglamentación de la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre los fondos que están fuera del sistema bancario, conocidos como «dólares del colchón». La norma deberá establecer criterios para que las entidades financieras evalúen esos recursos cuando ingresen al circuito formal. El plazo previsto para su publicación vence el 2 de noviembre.
También faltan definiciones sobre los procedimientos de información patrimonial y otros aspectos operativos del régimen. Esos puntos son relevantes para quienes quieran adherirse al sistema simplificado y utilizar ahorros no bancarizados bajo las condiciones previstas por la legislación vigente.







