La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el viernes 30 de octubre de 2026 el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La decisión fue oficializada este jueves mediante la Resolución General 5911/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del Régimen de Declaración Jurada Simplificada. De esta manera, el organismo volvió a postergar el vencimiento, que anteriormente estaba previsto para el 13 de octubre.
Desde ARCA explicaron que la extensión responde a los cambios introducidos por la Ley 27.826, conocida como Inocencia Fiscal II, que impactan en la liquidación del impuesto correspondiente a 2025. El objetivo es otorgar más tiempo a los contribuyentes para adecuarse a las nuevas disposiciones.
Sin embargo, la prórroga se aplica únicamente a la presentación de la declaración jurada y no modifica el vencimiento del pago del saldo del impuesto, que se mantuvo en el 27 de julio de 2026. Tampoco se modificó la fecha del primer anticipo de Ganancias 2026, cuyo vencimiento operó el 24 de septiembre.
La resolución también trasladó del 23 de octubre al 16 de noviembre de 2026 la fecha prevista para el proceso de caracterización de contribuyentes como pequeños contribuyentes.
Así, el nuevo calendario oficial queda de la siguiente manera:
- 27 de julio de 2026: vencimiento del pago del saldo del impuesto a las Ganancias.
- 24 de septiembre de 2026: vencimiento del primer anticipo de Ganancias 2026.
- 13 de octubre de 2026: fecha original prevista para la declaración jurada, ahora postergada.
- 30 de octubre de 2026: nueva fecha límite para presentar la declaración jurada.
- 16 de noviembre de 2026: caracterización de contribuyentes como pequeños contribuyentes.
La prórroga da un respiro a los contribuyentes a la hora de presentar la documentación, pero no estira ningún plazo de pago. En los hechos, el saldo del impuesto continuará venciendo el 27 de julio, varios meses antes de la nueva fecha límite para declarar. La medida de ARCA se inscribe, según el propio organismo, en la necesidad de adecuar los trámites a la Ley 27.826, aunque el alivio administrativo no alcanza al bolsillo de quienes deben pagar el tributo.
