La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a modificar el calendario del Impuesto a las Ganancias y extendió hasta el 22 de septiembre de 2026 el plazo para presentar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025. La decisión, oficializada a través de la Resolución General 5890/2026, alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La prórroga reemplaza al vencimiento anterior, previsto para el 27 de agosto, pero se aplica únicamente a la presentación del formulario. El pago del saldo de impuesto no fue modificado: continúa venciendo el 27 de julio de 2026. Según los considerandos del organismo, la extensión responde a razones de administración tributaria y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Esta nueva fecha genera una situación peculiar: los contribuyentes tendrán casi dos meses adicionales para presentar su declaración jurada, pero el dinero deberá estar en manos del Estado antes de esa fecha. La decisión de desligar la presentación del pago marca una diferencia respecto a los calendarios habituales, donde suelen ir acompañados.
En paralelo, ARCA postergó hasta el 24 de septiembre de 2026 el vencimiento del primer anticipo de Ganancias correspondiente al período fiscal 2026, que originalmente estaba previsto para agosto. De esta manera, septiembre tendrá dos fechas clave: el 22 para la declaración jurada de 2025 y el 24 para el primer anticipo de 2026.
Sin embargo, no hubo modificaciones para Bienes Personales: la presentación de la declaración jurada y el eventual pago del saldo correspondiente al período fiscal 2025 mantuvieron como fecha límite el 27 de julio de 2026. Quienes tengan que cumplir con ese tributo deberán ajustarse al cronograma original.
La medida se suma a los frecuentes cambios de calendario que viene aplicando el organismo desde su creación, en reemplazo de la AFIP. Los profesionales contables suelen reclamar mayor previsibilidad, ya que cada modificación obliga a reprogramar sus tareas y las de sus clientes. La decisión llega en un contexto donde el Impuesto a las Ganancias sigue siendo un tema sensible para los trabajadores en relación de dependencia, pese a los cambios introducidos en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
La prórroga no altera la recaudación proyectada para el año en curso: el dinero correspondiente al saldo del período 2025 ingresará en las mismas fechas previstas, mientras que el primer anticipo de 2026 se cobrará en septiembre en lugar de agosto. De esa forma, el impacto en las cuentas públicas será mínimo, pero la medida busca dar un respiro administrativo a los contribuyentes.





