La Justicia puso un freno a la avanzada persecutoria de los Colegios de Corredores y Martilleros, que venían aplicando sanciones arbitrarias contra inmobiliarias que utilizan marcas y nombres comerciales. Esta práctica, cada vez más extendida en el sector, busca modernizarse con innovadores modelos de negocio basados en redes, franquicias y estrategias de branding.
Este saludable proceso de transformación en la intermediación inmobiliaria argentina chocó con la resistencia de las estructuras colegiales más conservadoras. Sus tribunales disciplinarios cuestionaron, con evidente ensañamiento, a los profesionales que emplean nombres de fantasía en sus firmas. Sin embargo, distintos actores del sector advierten sobre una flagrante «doble vara» reglamentaria: mientras se sanciona a quienes apuestan por vincularse a redes internacionales o nuevas franquicias, un gran número de inmobiliarias tradicionales operan sin problema alguno bajo marcas comerciales propias, sin sufrir ninguna acción disciplinaria.
Las cifras hablan por sí solas y exponen la contradicción. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el padrón de matriculados del CUCICBA incluye, sin ningún tipo de restricción, firmas con nombres comerciales como Interwin, Predial, Home 54, Capital Brokers, 5411 Estate, Activos Inmobiliarios, Ambiente 23, Vender Mejor, Tu Casa Argentina, Uniprop, Urbana BA, Todo Galpones, Sinergia, Situar y Smart Propiedades, entre muchas otras. La Provincia de Buenos Aires no es la excepción, con marcas de amplio reconocimiento popular como Del Muelle, Inicios Propiedades, Lago Norte, Marea’s y Solares Propiedades. La tensión se hizo más visible en distritos clave como Mar del Plata y San Isidro, donde los intentos de sanción a los modelos en red contrastaban con la pacífica convivencia de inmobiliarias locales con fuertes denominaciones comerciales, entre ellas Solución Inmobiliaria, Organización Acassuso, Landing Propiedades, Emprendeprop, Northside, Loft, Casa Práctika y My Home Propiedades.
La Justicia defiende la modernización frente a intereses corporativos
Frente a esta ola de sanciones administrativas, la Justicia brindó un contundente marco de seguridad jurídica. Recientes fallos de las Cámaras de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata y de la Provincia de Córdoba rechazaron los endebles argumentos punitivos de los organismos colegiales, dejando en claro que su accionar respondía más a una defensa de intereses corporativos que a razones jurídicas estrictas.
En un claro mensaje hacia las cúpulas que buscan limitar la competencia, las sentencias sostienen que no existe impedimento legal alguno para que un corredor público matriculado opere bajo un nombre comercial o de fantasía. La única condición, lógica y razonable, es que tanto la persona física responsable como su matrícula profesional estén claramente identificadas.
Particularmente ejemplar fue el fallo de Mar del Plata, donde el tribunal no dudó en señalar la contradicción del Colegio local. La entidad intentó sancionar a una corredora por la práctica, común y perfectamente extendida en todas las oficinas del sector, de trabajar con equipos de colaboradores. Estas decisiones judiciales consolidan la libertad de los profesionales para elegir estructuras organizativas innovadoras y adaptadas a las demandas reales del mercado inmobiliario, en sintonía con un Estado que debe fomentar la modernización y el desarrollo de nuevos modelos de negocio, en lugar de proteger monopolios corporativos anquilosados.
