La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó la exención del Impuesto a los Automotores para los colectivos que prestan servicios regulares de transporte público de pasajeros de jurisdicción provincial. El beneficio regirá durante 2026 y comprende a empresas de transporte urbano y suburbano.
La Resolución Normativa 24/2026 fijó el procedimiento para aplicar lo previsto en el artículo 183 de la Ley Impositiva 2026. El Ministerio de Transporte bonaerense deberá enviarle mensualmente a ARBA los datos de las empresas y unidades alcanzadas: patente, CUIT de la firma titular y fecha de inicio del servicio.
Con esa información, ARBA verificará si corresponde conceder la exención. Las empresas no deberán iniciar gestiones: el trámite se realizará de oficio mediante el intercambio de datos entre los dos organismos provinciales.
Cuando un vehículo tenga más de un responsable del pago del impuesto, el beneficio alcanzará únicamente a quienes reúnan los requisitos legales y en la proporción correspondiente. Para las unidades incorporadas al transporte público antes del 1° de enero de 2026, la exención se reconocerá desde esa fecha.
El Ministerio de Transporte deberá realizar el primer envío de información durante noviembre y comunicar cualquier cambio en el uso de los vehículos. ARBA evaluará si corresponde mantener o finalizar el beneficio y notificará sus decisiones a través del domicilio fiscal electrónico.








