Reformas Laborales
Por Redacción —
El proyecto de reforma laboral que se presenta ante el Congreso incorpora cambios significativos en aspectos clave como la jornada laboral, el cálculo de indemnizaciones, el derecho a huelga y el régimen de teletrabajo. Además, establece un fondo especial y otorga beneficios a los empleadores.
La iniciativa que promueve el Gobierno y que inicia su análisis en la Cámara de Diputados introduce ajustes relevantes en el marco regulatorio del trabajo. En relación con las licencias por enfermedad, se eliminó el polémico punto inicial que proponía reducir el salario entre un 50% y 75% en ciertos casos, decisión que se tomó tras las críticas de sindicatos y opositores.
En materia de despidos, las modificaciones afectan directamente la compensación que recibe el trabajador. El cálculo de la indemnización dejará de incluir conceptos como aguinaldos, premios y vacaciones que se consideraban "no habituales", lo que reduce el monto final a percibir. Además, si el reclamo se dirime en juicio laboral, las empresas podrán cancelar la indemnización en cuotas: hasta seis para las grandes compañías y hasta doce para las pymes. Paralelamente, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que funcionará como un mecanismo alternativo para cubrir los costos derivados de las desvinculaciones.
Respecto a la jornada laboral, el proyecto permite extenderla de ocho a doce horas diarias, siempre que se garantice un descanso mínimo de doce horas entre turnos. Además, redefine el concepto de salario y habilita que este pueda pagarse en pesos, moneda extranjera o incluso parcialmente en especie, facilitando nuevas formas de acuerdo entre empleadores y empleados.
En cuanto a las vacaciones, se autoriza su fraccionamiento en períodos no menores a siete días, siempre que exista un acuerdo entre las partes. El trabajador deberá disfrutar al menos un período vacacional durante la temporada de verano cada tres años. En materia sindical, se amplía la lista de actividades consideradas esenciales —como telecomunicaciones, educación, comercio y servicios portuarios— y se establece que, en caso de huelga, se garantice un mínimo del 75% de prestación de servicios. Además, las asambleas en el centro de trabajo necesitarán autorización del empleador y el tiempo dedicado no será remunerado.
La propuesta regula el trabajo en plataformas digitales como Uber y Rappi, estableciendo expresamente que no existe vínculo laboral entre las compañías y los repartidores o conductores. Estos últimos deberán darse de alta por su cuenta, cumplir con sus aportes y contratar un seguro contra accidentes. Finalmente, se deroga la actual ley de teletrabajo y se establece un régimen más flexible, junto con un incentivo que reduce las contribuciones patronales al 8% durante un año para fomentar la formalización laboral.








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