Política Electoral
Por Redacción —
El equipo de Javier Milei ha formalizado el proyecto de reforma laboral que será presentado ante el Congreso en breve. La iniciativa plantea reformas en aspectos clave como vacaciones, jornadas laborales, indemnizaciones, despidos y documentación salarial.
En un paso decisivo para su programa económico y laboral, el Ejecutivo nacional ha completado la redacción del proyecto de reforma integral del régimen laboral. Firmado este martes, el texto será enviado al Parlamento en las próximas horas, incluyendo cambios estructurales en materia de vacaciones, banco de horas, indemnizaciones y sistemas de remuneración.
La propuesta conserva los derechos existentes según la Ley de Contrato de Trabajo, pero permite que empleadores y trabajadores acuerden, individual o colectivamente, una ampliación del período vacacional, respetando los mínimos legales obligatorios.
Se establece que las vacaciones deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, con una notificación previa por escrito al trabajador con al menos 30 días de anticipación.
Como innovación, la reforma fija un mínimo para la división del descanso: cada tramo deberá ser de al menos siete días corridos. Además, se garantiza que en un ciclo de tres años, el empleado podrá disfrutar su licencia en temporada estival.
El proyecto contempla la instauración de un sistema de compensación voluntaria de horas extras, que requerirá un acuerdo escrito entre ambas partes. Este mecanismo deberá integrar controles rigurosos que registren tanto las horas laboradas como las disponibles para su compensación futura.
Los convenios colectivos podrán definir fórmulas promedio para el cálculo de jornadas, pero se deberán respetar los descansos mínimos: 12 horas entre actividades y 35 horas semanales. El banco de horas permitirá alternar días con carga horaria elevada con jornadas más cortas, sin superar los límites legales semanales.
En relación al despido, se propone la opción de sustituir las indemnizaciones tradicionales por fondos o seguros de cese laboral, financiados con aportes regulares del empleador. El cálculo incluirá salario básico, adicionales habituales y antigüedad, descartando sumas extraordinarias o gratificaciones no periódicas.
Se delimita como remuneración "normal y habitual" aquella percibida durante al menos seis meses en el último año. Se introducen nuevos parámetros económicos:
Asimismo, se establecen criterios para designar beneficiarios en caso de fallecimiento del trabajador y modalidades específicas para efectuar pagos fraccionados, con límites en la cobranza de intereses.
El capítulo salarial incorpora normativas sobre la conformación de sueldos, que podrán incluir componentes fijos, variables y beneficios sociales.
También se impone la digitalización obligatoria de recibos de sueldo, planillas de asistencia y documentación laboral, garantizando su misma validez legal que las copias impresas. Se reglamenta además la digitalización de certificados médicos, permitiendo su presentación virtual en casos de ausencias por enfermedad.








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