
Por Redacción —
Desde el sábado 23 de agosto y hasta la jornada electoral del domingo 7 de septiembre, rige la veda electoral que limita ciertas actividades oficiales en la provincia.
Durante este período, quedan prohibidas la difusión y realización de:
Según lo estipulado en la Ley 14086 – Artículo 16, queda terminantemente prohibido efectuar actos de gobierno o publicidad oficial que puedan influir en la intención de voto en favor de alguna candidatura.
Actividades permitidas durante la veda:
Restricciones específicas:
Recordatorio importante: Las publicaciones de índole político-partidaria deben efectuarse únicamente desde cuentas personales de los funcionarios públicos.
Finalmente, se destaca que la veda electoral general iniciará el viernes 5 de septiembre a las 8 a.m., estableciendo mayores limitaciones hasta el día de los comicios.