La interna de la Unión Cívica Radical bonaerense atraviesa una nueva etapa judicial tras la presentación de un recurso por parte del sector liderado por Miguel Fernández, quien busca anular el adelantamiento de las elecciones internas del partido. Sin embargo, el juez federal Alejo Ramos Padilla rechazó la medida cautelar que pretendía suspender de forma inmediata esta decisión.
Fernández, presidente del Comité de Contingencia de la UCR de la provincia de Buenos Aires, impugnó ante el Juzgado Federal con competencia electoral las resoluciones adoptadas el 6 de marzo en una reunión autoconvocada del Comité de Contingencia, luego ratificadas por la Convención de Contingencia.
El sector de Fernández sostiene que la reunión vulneró los protocolos establecidos por la Carta Orgánica del partido, particularmente el artículo 74 que establece que la convocatoria a sesión debe ser realizada por el presidente del órgano correspondiente y dentro de los tiempos reglamentarios. Además, argumentan que una convocatoria formal ya estaba prevista para el 12 de marzo, por lo que la autoconvocatoria carecería de sustento normativo.
En consecuencia, Fernández solicitó la nulidad de la autoconvocatoria y de la resolución 001/2026 que anticipó las elecciones internas del 6 de septiembre al 7 de junio de 2026 en el marco del proceso de normalización partidaria.
Desde ese sector se enfatiza que “la democracia interna no consiste solamente en votar, sino también en respetar las reglas bajo las cuales se vota”.
Juez federal rechaza cautelar y reafirma cautela judicial
Paralelamente, el pedido de medida cautelar urgente para suspender provisionalmente las decisiones del 6 de marzo fue desestimado por el juez Alejo Ramos Padilla, quien consideró que no se cumplieron los requisitos para otorgar una intervención inmediata en esta fase inicial.
La resolución destaca que las medidas cautelares en materia electoral son excepcionales y requieren especial prudencia. En ese sentido, el magistrado valoró que es prematuro frenar la resolución adoptada por los órganos partidarios sin contar aún con una evaluación de fondo.
Así, se eligió no intervenir preventivamente, lo que fue interpretado favorablemente por sectores que apoyan las decisiones del Comité y la Convención de Contingencia, reforzando la legitimidad del quórum y mayorías alcanzadas.
El proceso judicial sigue abierto y se acerca la definición
A pesar del rechazo de la cautelar, el litigio continúa con el inicio de la etapa para discutir en profundidad la legalidad de la reunión autoconvocada del 6 de marzo.
El juez dispuso un plazo de cinco días para que los apoderados del partido respondan a los planteos del sector de Fernández abordando aspectos centrales:
- La validez de la autoconvocatoria del 6 de marzo.
- Interpretación del artículo 74 de la Carta Orgánica respecto de la autoridad competente para convocar.
- Legalidad de la resolución que adelantó las elecciones al 7 de junio.
- Posibilidad de modificar el cronograma electoral aprobado el 30 de octubre de 2025.
Este revés judicial impacta en la estrategia de Fernández, pero la resolución definitiva dependerá de cómo se resuelva el fondo del caso, que definirá el calendario para la renovación de autoridades en el radicalismo de la provincia de Buenos Aires.







