Un proyecto presentado en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires propone eliminar la exigencia del libre deuda para tramitar, renovar o solicitar un duplicado de la licencia de conducir. La iniciativa fue impulsada por el diputado Juan Esteban Osaba, integrante de La Libertad Avanza, y plantea modificar el artículo 8 de la Ley Provincial de Tránsito N° 13.927.
La propuesta apunta a separar el acceso al registro de las obligaciones económicas que una persona pueda mantener con el Estado. En concreto, establece que ninguna autoridad provincial o municipal podrá exigir el pago previo de multas de tránsito, tributos o tasas administrativas como condición para otorgar o renovar la licencia.
De acuerdo con los fundamentos expuestos por Osaba, el objetivo es evitar que la licencia de conducir se utilice como una herramienta de presión para cobrar deudas. El planteo sostiene que, si existe una obligación pendiente, el Estado deberá reclamarla a través de los mecanismos legales previstos, sin condicionar por esa vía la realización del trámite.
«El registro es para manejar, no para recaudar», sostuvo el legislador al presentar el proyecto. Con esa definición, la iniciativa busca modificar el criterio que permite vincular la obtención o renovación del permiso de conducir con el pago previo de obligaciones que pueden corresponder a multas, tributos o tasas administrativas.
El texto también contempla la situación de las actas de infracción que todavía se encuentran en trámite y de aquellas multas que no cuentan con una sentencia firme y ejecutoriada. En esos casos, los antecedentes no podrán impedir la realización del trámite para obtener, renovar o duplicar la licencia.
La propuesta sí habilita al organismo emisor a comunicarle al conductor la existencia de esas actas o multas. Sin embargo, esa comunicación tendrá solamente carácter informativo y no podrá transformarse en un requisito adicional para acceder al registro.
El proyecto aclara que eliminar el libre deuda no significa que desaparezcan las deudas ni las infracciones. Tanto la Provincia como los municipios conservarán la facultad de reclamar los pagos por las vías legales correspondientes, de modo que la discusión se concentra en si esas obligaciones pueden bloquear o no la licencia.
En ese sentido, la iniciativa distingue entre una deuda que debe ser reclamada por los canales previstos y una sanción que impide legalmente conducir. La modificación propuesta no elimina las herramientas de cobro disponibles para las autoridades provinciales y municipales, sino que impide utilizar el trámite del registro como condición para exigir un pago previo.
Además, el proyecto conserva las inhabilitaciones para conducir y las sanciones firmes dictadas por las autoridades competentes. Por lo tanto, las personas que tengan prohibido manejar continuarán impedidas de obtener o renovar la licencia mientras esa medida permanezca vigente.
Así, la propuesta establece una diferencia entre las infracciones o deudas que aún deben ser reclamadas y las sanciones firmes que disponen una inhabilitación. Las primeras no bloquearían el trámite, aunque podrían ser notificadas; las segundas mantendrían su efecto sobre la posibilidad de conducir y de acceder al registro.






