El Gobierno nacional aplicará durante agosto una actualización parcial de los impuestos que gravan la nafta y el gasoil, pero volverá a postergar hasta septiembre la aplicación del aumento acumulado que todavía permanece pendiente.
La medida fue establecida mediante el Decreto 693/2026, publicado en el Boletín Oficial. La norma fijó un esquema de incremento gradual para los tributos vinculados con los combustibles líquidos y el dióxido de carbono, y mantuvo diferida una parte de la actualización prevista.
De acuerdo con lo dispuesto, la Secretaría de Energía aplazará nuevamente hasta septiembre la aplicación del aumento total correspondiente a estos gravámenes. Durante agosto, en cambio, comenzará a regir una suba parcial.
El mecanismo elegido por el Ejecutivo evita que toda la actualización pendiente se traslade de una sola vez a los precios en los surtidores. Sin embargo, la postergación no elimina el incremento acumulado, sino que mantiene su aplicación escalonada.
La decisión forma parte de la política que el Gobierno implementa desde hace varios meses, basada en distribuir las subas en el tiempo para limitar el impacto inmediato sobre los consumidores y reducir la magnitud de los aumentos aplicados en una única instancia.
Los impuestos alcanzados son el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC). La legislación vigente establece que la actualización de ambos tributos se calcula tomando como referencia la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Una parte importante de las actualizaciones correspondientes a períodos anteriores permaneció diferida. Con el nuevo esquema, esos incrementos pendientes continuarán administrándose de manera gradual, con una nueva fecha de referencia en septiembre para la aplicación del ajuste total.
La actualización impositiva alcanza a los combustibles líquidos, aunque el decreto no establece cuánto aumentará el precio final de la nafta o del gasoil en cada estación de servicio. La carga tributaria es uno de los componentes que inciden en el valor de venta al público.
Además de los impuestos, el precio final de los combustibles está condicionado por otros factores, entre ellos el valor internacional del petróleo, el tipo de cambio y los costos de refinación, transporte y comercialización. Por ese motivo, la norma no fija una suba uniforme para todos los surtidores.
Las petroleras deberán definir los ajustes finales para sus combustibles a partir de la nueva carga tributaria. El decreto establece el esquema impositivo, pero no determina el porcentaje de incremento que se aplicará en cada estación de servicio durante agosto.
Con esta decisión, el Gobierno procura avanzar con la normalización tributaria sin trasladar en un único aumento todo el incremento pendiente a los consumidores. La estrategia ya había sido utilizada durante los últimos meses para moderar el impacto inflacionario, aunque deja parte de la actualización para septiembre.
Así, durante agosto convivirán una actualización parcial de los impuestos a la nafta y el gasoil con la postergación del resto de la suba acumulada. La definición del precio que finalmente pagarán los consumidores quedará en manos de las petroleras, según la nueva carga tributaria y los demás componentes del valor de los combustibles.






